DATOS DEL SOLICITANTE:
* Nombre y Apellidos
* Dirección E-Mail
* Teléfono Contacto
Prefiere que contactemos:
Por la mañana
Por la tarde
* Interesado en:
Separación
Divorcio / Pareja de Hecho
¿Quién correrá con los gastos de la separación/divorcio?
Ambos a mitad
Esposo
Esposa
(También se incluye separaciones de Parejas de Hecho)
DATOS DE LOS CÓNYUGES O PAREJA DE HECHO :
Esposo:
* Nombre y Apellidos
* Domicilio
* DNI /NIE/Pasaporte:
* Profesión:
¿Está trabajando en la actualidad? :
Si
No
Esposa:
* Nombre y Apellidos
* Domicilio
* DNI /NIE/Pasaporte:
* Profesión:
¿Está trabajando en la actualidad? :
Si
No
Matrimonio:
* Lugar de celebración (nombre de parroquia, juzgado, Ayuntamiento, otro. Municipio y provincia)
* Fecha de celebración:
* ¿Desea que le solicitemos su partida de matrimonio? Si elige No, deberá solicitarla usted en el Registro Civil correspondiente y enviárnosla por correo. Si elige Sí, le cobraremos 40 Euros más por este trámite.
Si
No
* Datos registrales del Hecho (tomo y folio. Ver Libro de Familia)
* ¿Están separados de hecho? :
Si
No
* ¿Están separados legalmente? :
Si
No
Domicilio de los cónyuges en este momento: tipo y nombre de vía, localidad, provincia y código postal. Si viven separados, cítese ambos
* ¿Es en propiedad? :
Si
No
Régimen económico del matrimonio:
* Régimen económico de su matrimonio:
Gananciales
Separación de bienes
Otros
* Fecha de capitulaciones, nombre del Notario y ciudad (Si procede)
Hijos comunes:
* Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento de cada uno de sus hijos. Señalar tomo y folio (ver libro de familia):
* ¿Viven en la vivienda familiar o con alguno de sus padres?:
* ¿Tienen ingresos o hacen vida independiente?:
* ¿Desea que le solicitemos la partida de nacimiento de sus hijos? Si elige No, deberá solicitarla usted en el Registro Civil correspondiente y enviárnosla por correo. Si elige Sí, le cobraremos 40 Euros más por este trámite.
Si
No
PATRIMONIO COMÚN :
Bienes Inmuebles:
Describa los bienes inmuebles conforme a las escrituras así como la fecha de adquisición, Notario y datos registrales. Si no dispone de los datos registrales ni de la escritura, diríjase a www.registradores.org y podrá solicitar por Internet la nota simple de sus bienes inmuebles. Es necesario conocer el título por el que el inmueble les pertenece: compraventa, donación, herencia, etc. Debe ser valorado. Si lo desea puede enviarnos por fax o entregar personalmente, sólo la página de la escritura donde se detalle de la descripción registral de la vivienda y lo haremos nosotros directamente.
Fincas:
Bienes Muebles, Vehículos:
Los bienes muebles valórelos de la manera más justa y equitativa posible. Si se trata de vehículos, puede acudir a las tablas que publica su Comunidad Autónoma en Internet. Señalar el modelos del vehículo, marca, matrícula y titular.
Vehículos u otros bienes:
Cuentas bancarias:
Señale los saldos disponibles y valores conforme se encuentren en la actualidad. Detalle el nº de cuenta y entidad bancaria.
Cuentas:
Préstamos u otras deudas:
Si dispone de hipotecas, cite el inmueble sobre el que pesan, capital pendiente de amortizar en la actualidad y la entidad acreedora y cuota mensual. Si disponen de préstamos personales o de otro tipo, citar capital pendiente de amortizar en la actualidad y la entidad acreedora.
Préstamos:
ACUERDO DE LAS PARTES PARA LA SEPARACION O DIVORCIO :
Aspectos que deberán especificarse en el Convenio Regulador:
* Guarda y Custodia de los hijos
Debe quedar claro que la patria potestad de los hijos es compartida a diferencia de la guarda y custodia que por regla general se atribuye a uno de los progenitores (normalmente a la madre) .También es posible pactar la custodia compartida pero debe darse unos requisitos como residir cerca del domicilio del otro progenitor. Al progenitor no custodio se establece un régimen de comunicación y de visitas el cual se aplicará en el caso de que los padres no se pongan de acuerdo. Es decir, este régimen es alternativo ya que los padres podrán pactar lo que en su momento oportuno más se ajuste a sus necesidades y en caso de discrepancia, habrá que ceñirse a dicho régimen.
Si los progenitores optan por la custodia compartida , deberán establecer qué período del año o meses vivirán con uno y qué período del año o meses vivirán con el otro progenitor.
Si se considera necesario, podrá adoptarse un régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta el interés de los nietos.
La Guarda y Custodia se atribuye a:
Custodia compartida:
(establecer periodo y horas y lugares de recogida y entrega de los menores)
* Régimen de vistas :
Especificar fines de semana, vacaciones de verano, semana santa y navidades.
Horas y lugares de recogida y entrega de los menores:
Para los abuelos maternos y paternos (opcional):
* Atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar :
No es relevante que la vivienda habitual sea propia o sea alquilada, pues no se adjudica la propiedad sino el uso y disfrute. Se atribuye a favor de quién tenga la custodia de los hijos, normalmente.
Uso del domicilio familiar a:
Designación nuevo domicilio del progenitor custodio (si procede) y no custodio:
* Cargas del matrimonio :
Señalar las cargas familiares (préstamos, deudas, recibos, etc) que actualmente tienen y quién se hará cargo de las mismas o determinar porcentaje.
Cargas familiares correrán a cargo de:
Por una de las partes:
Cada parte asume un porcentaje o cantidad:
* Pensión de Alimentos a favor de los hijos y Pensión Compensatoria :
Son beneficiarios los hijos menores y mayores de edad que no tengan medios propios de subsistencia.Hay que tener en cuenta los gastos extraordinarios de los hijos , como pueden ser libros, ropa, excursiones, actividades puntuales, gastos médicos, ópticas, dentista, etc. Lo normal es que se atribuyan por mitad, pero dependerá de los ingresos de uno y otro progenitor. Lo mismo ocurre con gastos de colegios, universidad, etc. Habrá que establecer quién de los progenitores se hace cargo de estos gastos.También es posible pactar una pensión compensatoria a favor del progenitor más necesitado de protección atendiendo a la duración del matrimonio, su dedicación al hogar, ingresos, formación y experiencia laboral.
Importe de la pensión de alimentos a favor de los hijos:
Porcentaje a pagar para los gastos extraordinarios (normalmente es el 50%):
¿Se establece Pensión Compensatoria a favor del cónyuge/pareja de hecho? :
Si
No
En caso afirmativo señalar el importe y la duración de dicha pensión compensatoria :
* Liquidación del régimen económico del matrimonio :
Si el régimen económico del matrimonio es el de gananciales y el matrimonio tiene bienes o pasivo, podrá liquidarse en este momento su patrimonio ganancial o podrá atribuirse a ambos por mitad.. Deben saber que el patrimonio ganancial corresponde el 50% a cada cónyuge. Deben señalar qué bienes y deudas se adjudican a uno u otro cónyuge.
Bienes y deudas a favor del esposo:
Bienes y deudas a favor de la esposa:
En caso de desigualdad se establece una compensación por un importe
de a favor de
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Servicio prestado por SBD Abogados, cuya titular en Derecho de Familia es Doña Sandra Burgos Palomino, Abogada Colegiada 2334 ICASB y miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia.
Si precisa más información al respecto, no dude en enviarnos un correo: info@sbdabogados.com
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